martes, 17 de junio de 2014

CUADRO COMPARATIVO LOS SUJETOS PROCESALES


CUADRO COMPARATIVO

LOS SUJETOS PROCESALES

 
 
EL TRIBUNAL
 
EL MINISTERIO PÚBLICO
 
 
LA DEFENSA PÚBLICA
 
LOS ÓRGANOS DE POLICÍA DE INVESTIGACIÓN PENALES
 
 
LA
VÍCTIMA
 
 
EL IMPUTADO
 
AUILIARES DE LAS PARTES
·  Es el Órgano de Control, de Juicio y de Ejecución de Sentencia.
 
·  El Juez de Control, durante la fase preparatoria e intermedia, hará respectar las garantías procesales, decretara las medidas de coerción que fueren pertinentes, realizará la audiencia preliminar y aplicara el procedimiento por admisión de los hechos.
 
· Los Jueces de Ejecución de Sentencia velarán por el cumplimiento de las penas y medidas de seguridad.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
·  Es el titular de la acción penal y parte en el juicio.
 
·  La titularidad de la acción penal le corresponde al Estado a través de este, quien está obligado a ejercerla, salvo las excepciones legales.
 
·   Actúa cuando el imputado no designa defensor y tiene a su cargo la responsabilidad de hacer efectiva la garantía constitucional del derecho a la defensa, hasta tanto se dicte la ley respectiva.
 
 
·  Son auxiliares del Ministerio Público para adelantar las investigaciones, estos son los funcionarios a los cuales la ley acuerda tal carácter, y todo otro funcionario que deba cumplir las funciones de investigación que el COPP establece.
 
 
 
·  Es la persona directamente ofendida por el delito.
 
·  El cónyuge o la persona con quien haga vida marital por más de dos años, hijo o padre adoptivo, parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y al heredero, en los delitos cuyo resultado sea la muerte del ofendido.
 
·   Los socios, accionistas o miembros, respecto de los delitos que afecten a una persona jurídica, cometidos por quienes la dirigen, administran o la controlan.
 
·  Las asociaciones, fundaciones y otros entes, en los delitos que afectan intereses colectivos o difusos, siempre que el objeto de la agrupación se vinculé directamente con esos intereses y se hayan constituido con anterioridad a la perpetración del delito.
 
·  Si las víctimas fueren varias deberán actuar por medio de una sola representación.
·  Es la persona sospechosa de ser autor o participe del hecho criminal.
 
·   La condición de imputado perdurará hasta el momento en que juez de control, admitida la acusación, dicte el auto de apertura a juicio en la forma prevista en el COPP, en donde adquiere la condición de acusado.
 
·  Son los asistentes no profesionales y los consultores técnicos de las partes.
 

 

SOLMAR COROMOTO SUÁREZ ALDAZORO

C.I. 4.804.980

 

¿Quiénes son Sujetos Procesales?

Son todas las personas naturales y jurídicas, así como todos los órganos estadales que intervienen en el proceso penal, cualquiera sea su rol o grado de participación.





 

 

No hay comentarios:

Publicar un comentario